Clarin:
http://www.clarin.com/diario/2009/01/30/um/m-01849499.htmTranscripción de la noticia:
13:46 Lo decidió una jueza de San Martín a raíz del pedido de una pareja. La mujer, de 36 años, padece una obstrucción tubárica unilateral y los médicos le recomendaron el método in Vitro. La empresa argumentó que no corría riesgo su salud. Otra vez una empresa de medicina prepaga fue condenada por la Justicia a pagar un tratamiento de fertilización asistida. La jueza en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Martina Isabel Forns hizo lugar a un amparo y dispuso que la empresa OSDE deberá reintegrarle a una mujer, de 36 años, el monto de dinero que invirtió (incluidos los medicamentos) para pagar un tratamiento in Vitro, mediante la técnica ICSI.
Como en otros casos anteriores, la empresa de medicina prepaga se había negado a pagar la práctica argumentando que no estaba contemplada en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Además, dijo que "no se está requiriendo una prestación cuyo objeto sea el tratamiento de una enfermedad que ponga en riesgo la salud de los actores, sino una cobertura cuyo objeto es satisfacer el deseo de tener un hijo".
La pareja que recurrió a la Justicia explicó que empezaron a consultar a distintos especialistas luego de buscar durante tres años. Los médicos concluyeron que la mujer padece de obstrucción tubárica unilateral, que impide que los espermatozoides y el óvulo entren en contacto. Además, resaltaron la escasa reserva ovárica y el envejecimiento prematuro de los óvulos.
A diferencia de otros casos anteriores, la pareja decidió avanzar con el tratamiento en el Instituto GEGYR y reclamar los gastos. Para ello, según cuenta el fallo, le enviaron una carta documento, en noviembre del 2008, a OSDE, pero la respuesta fue negativa. A los pocos días decidieron acudir a los tribunales.
Para la juez, que hizo un repaso de los tratados internacionales y de otros casos recientes, "la negativa de OSDE de cobertura del tratamiento de fertilización asistida restringe su derecho a la salud y de tal modo los derechos amparados en la Constitución Nacional".
La semana pasada, un tribunal de Mar del Plata ordenó a dos obras sociales que otorgaran cobertura médica al tratamiento de fertilización asistida de una pareja que busca seleccionar un embrión para utilizar las células madres del bebé y ayudar a uno de sus hijos, que padece una grave enfermedad.