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 La Apross cubrirá tratamientos de fertilización asistida -La Legislatura convirtió en ley la norma, que busca “promover el desarrollo familiar” entre los afiliados de la obra social.

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Cristina
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La Apross cubrirá tratamientos de fertilización asistida -La Legislatura convirtió en ley la norma, que busca “promover el desarrollo familiar” entre los afiliados de la obra social. Empty
MensajeTema: La Apross cubrirá tratamientos de fertilización asistida -La Legislatura convirtió en ley la norma, que busca “promover el desarrollo familiar” entre los afiliados de la obra social.   La Apross cubrirá tratamientos de fertilización asistida -La Legislatura convirtió en ley la norma, que busca “promover el desarrollo familiar” entre los afiliados de la obra social. Icon_minitime1Jue 05 Nov 2009, 14:38

La Apross cubrirá tratamientos de fertilización asistida

La Legislatura convirtió en ley la norma, que busca “promover el desarrollo familiar” entre los afiliados de la obra social.



La Legislatura convirtió hoy en ley la cobertura de los tratamientos de fertilización asistida por parte de la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross), con la intención de "promover el desarrollo familiar a aquellos beneficiarios que acrediten las condiciones que establezca la reglamentación".

Tal como anticipó La Voz del Interior en su edición de hoy, la norma se fundamenta en que, según las estadísticas, entre un 15 y un 20 por ciento de las personas en edad productiva tiene dificultades para procrear.

La iniciativa fue aprobada por unanimidad y recoge los reclamos de organizaciones no gubernamentales que vienen exigiendo una ley nacional de infertilidad, que reconozca a esta afección como una enfermedad para que se la incorpore al Programa Médico Obligatorio.

Estos tratamientos en general no están cubiertos por la seguridad social y son de muy alto costo, lo cual limita en forma importante el acceso a ellos.

La ley cuenta con dos artículos, uno de los cuales incorpora la cobertura de tratamientos de fertilización asistida "a fin de promover el desarrollo familiar a aquellos beneficiarios que acrediten las condiciones que establezca la reglamentación".

Y establece que el directorio de Apross fijará los requisitos que deberán reunir los prestadores que brinden la atención a los afiliados.

El segundo artículo elimina el inciso correspondiente de la ley Apross (N° 9.277) que excluía de la cobertura los tratamientos de fertilización.
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http://www.infertilidad-arg.com.ar
 
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