Desde enero, Apross cubrirá tratamientos de fertilidad asistida
La obra social provincial ya tiene 230 parejas interesadas y estipula un tope de 1.000 casos como techo. La prestataria de salud presentó ante la Legislatura un incremento del 60% en su presupuesto para 2010, con la finalidad de poder dar respuesta a esta nueva prestación.
La Legislatura de Córdoba aprobó ayer por unanimidad la ley que modifica el estatuto que regula la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross) para incluir la cobertura gratuita de los tratamientos de fertilización asistida.
La nueva normativa comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2010 y la iniciativa ya cuenta con más de 230 interesados que se anotaron en la base de consultas de la obra social provincial, para ser incluidos dentro del programa una vez promulgada la ley.
Desde Apross informaron que “al ser un tema nuevo en el país, nos estamos guiando por la normativa extranjera para estipular formas de implementación”.
La ley cobra relevancia si se considera la gran cantidad de parejas con problemas de fertilidad.
Es que se calcula que alrededor del 25% de las parejas en edad reproductiva tienen dificultades para procrear.
Se trata de la modificación de un artículo de la ley Apross (9277), mediante la cual la obra social reconoce a la infertilidad como una enfermedad para que sea incluido en el Programa Médico Obligatorio de la prestataria de salud.
La normativa incorpora un inciso al artículo que expone la cobertura asistencial para sus afiliados, donde se deja asentado la cobertura de tratamientos de fertilización asistida, a fin de “promover el desarrollo familiar en sus beneficiarios”.
A la ley vigente se le suma el inciso “n” del artículo 12 que brinda “cobertura de tratamientos de fertilización asistida, a fin de promover el desarrollo familiar a aquellos beneficiarios que acrediten las condiciones que establezca la reglamentación. El Directorio de APROSS fijará los requisitos de acreditación necesarios que deberán reunir los prestadores especializados para su contratación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 inciso h) de la presente ley.”
Del mismo modo, la legislación elimina el inciso “m” que “prohíbe la cobertura asistencial y el reintegro de gastos de las fertilizaciones in vitro y sus consecuencias”.
Además, las modificaciones propuestas están dirigidas a responder, a través de la obra social de los dependientes del Estado provincial, a una creciente necesidad y demanda de la sociedad como es la fertilización asistida.
El director de Apross, Adolfo Rodríguez, manifestó con anterioridad ante la comisión de Salud de la Unicameral que su expectativa era “aprobar el proyecto y su reglamentación para que la cobertura pudiera comenzar a regir a partir del 1 de enero del año que viene”.
Asimismo, había informado que tras estudios y análisis llegaron a la conclusión que deberán prever un presupuesto para “500 casos como piso y 1.000 como techo”, de personas dispuestas a entrar al programa.
La ley fue aprobada no sólo por los legisladores del oficialismo, sino por los bloques opositores -juecismo, radicalismo y vecinalismo-.
Desde Apross informaron además que la Subdirección de Planeamiento de la obra social será la encargada de analizar cada uno de los casos, y si habrá un tope a la cantidad de intentos. Además, se prevén tratamientos mixtos, para mujeres y para hombres, ya que en muchas oportunidades el varón es quien tiene problemas de infertilidad
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