La Pampa: Diagnóstico y tratamiento sobre infertilidad
El diputado nacional, Daniel Kronebeger (UCR-Las Pampa) presentó un proyecto de ley por el cual solicita que se Incorpore al Programa Médico Obligatorio el diagnóstico y tratamiento de la infertilidad conjuntamente con las técnicas de fertilización asistida correspondientes.
Las obras sociales y/o empresas de medicina prepaga, conforme a lo establecido por las leyes 23.660, 23.661, 24.455, 24.754, brindarán cobertura integral para el diagnóstico de las patologías asociadas a la infertilidad, su diagnóstico, su tratamiento y las técnicas de fertilización asistida que se consideren necesarias. Designase al Ministerio de Salud de la Nación como autoridad de aplicación de la presente norma.
“Este proyecto de ley pretende dar respuesta al padecimiento que miles de personas viven como consecuencia de patologías asociadas a la infertilidad que les trunca la capacidad de procreación”, sostuvo Daniel Kroneberger.
“Según datos de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva el 15 % de las parejas en edad madura afronta problemas de infertilidad; esto es, unas 600.000 personas, aproximadamente”
“Es lógico que si hay un problema cuya consecuencia sea la infertilidad, la obra social o la empresa prepaga cubra el diagnóstico y el tratamiento de tal problema. Por lo general, se recurre a técnicas de fertilización asistida que suelen ser sumamente costosas, razón por lo cual es necesario intervenir en el sistema de salud a fin de brindar un acceso más equitativo a las mismas”
“Por otra parte, los pedidos de amparo se están volviendo más frecuentes y ya son varios los casos en los cuales la justicia falla obligando a la prestataria del servicio de salud a cubrir el tratamiento. Con lo cual este proyecto no sólo se hace eco de una necesidad sino que da respuesta a un vacío legal”, explicó Daniel Kroneberger.
“Para ello se pide la incorporación del diagnóstico de la infertilidad, su tratamiento incluyendo las técnicas de fertilización asistida al Programa Médico Obligatorio, lo cual redundará en la cobertura de esta patología por las obras sociales y prepagas. Es importante destacar que se ha tomado como antecedente legislativo de forma la ley 26396 (Ley de Trastornos Alimentarios)”, concluyó Daniel Kroneberger. (PRENSA LP)
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